INTERES GENERAL
01/08/2025
La justicia se pronuncia: bisnietos de italianos aún pueden reclamar su nacionalidad
Por Jose Manuel Ferrero
En una decisión que podría marcar un giro en la controversia internacional por el acceso a la ciudadanía italiana, la Corte Constitucional emitió un fallo clave en respuesta a un caso presentado por un bisnieto de italiano, cuyo trámite había sido rechazado bajo los nuevos criterios de la Ley 74. Esta legislación, impulsada por el gobierno de Giorgia Meloni y vigente desde 2025, eliminó la transmisión automática de la ciudadanía más allá de los nietos nacidos en Italia.
El pronunciamiento de los magistrados no revoca la norma, pero deja constancia de que el régimen anterior —la Ley 91 de 1992, que reconocía la ciudadanía por sangre sin límite generacional— no era inconstitucional. La Corte subrayó que el Parlamento tiene facultad amplia para definir requisitos de ciudadanía, siempre que no se violen principios constitucionales, lo cual no ocurrió en el caso analizado.
La resolución fue celebrada especialmente entre descendientes de italianos en Argentina y Brasil, principales afectados por el cambio legislativo. “Lo que dice la Corte es que la ley anterior estaba bien, que era sin límite generacional”, explicó el abogado Mateo Schettino, especializado en el tema.
A pesar de que la vía administrativa quedó cerrada para los bisnietos, el fallo fortalece la vía judicial, cada vez más utilizada por quienes buscan el reconocimiento de sus derechos. En paralelo, un juez de Torino aceptó revisar la constitucionalidad integral de la Ley 74, dando lugar a nuevos cuestionamientos sobre su aplicación retroactiva, el proceso legislativo acelerado y la posible discriminación por lugar de nacimiento.
El gobierno italiano, por su parte, justificó la reforma argumentando que numerosos solicitantes en el extranjero buscaban la ciudadanía únicamente para acceder al pasaporte europeo. Según cifras oficiales, cerca de un millón de italianos residen en Argentina.
Las solicitudes podrán ser presentadas hasta el 27 de marzo de 2025 bajo el régimen previo, mientras que quienes quedaron fuera deberán optar por la vía judicial.
El pronunciamiento de los magistrados no revoca la norma, pero deja constancia de que el régimen anterior —la Ley 91 de 1992, que reconocía la ciudadanía por sangre sin límite generacional— no era inconstitucional. La Corte subrayó que el Parlamento tiene facultad amplia para definir requisitos de ciudadanía, siempre que no se violen principios constitucionales, lo cual no ocurrió en el caso analizado.
La resolución fue celebrada especialmente entre descendientes de italianos en Argentina y Brasil, principales afectados por el cambio legislativo. “Lo que dice la Corte es que la ley anterior estaba bien, que era sin límite generacional”, explicó el abogado Mateo Schettino, especializado en el tema.
A pesar de que la vía administrativa quedó cerrada para los bisnietos, el fallo fortalece la vía judicial, cada vez más utilizada por quienes buscan el reconocimiento de sus derechos. En paralelo, un juez de Torino aceptó revisar la constitucionalidad integral de la Ley 74, dando lugar a nuevos cuestionamientos sobre su aplicación retroactiva, el proceso legislativo acelerado y la posible discriminación por lugar de nacimiento.
El gobierno italiano, por su parte, justificó la reforma argumentando que numerosos solicitantes en el extranjero buscaban la ciudadanía únicamente para acceder al pasaporte europeo. Según cifras oficiales, cerca de un millón de italianos residen en Argentina.
Las solicitudes podrán ser presentadas hasta el 27 de marzo de 2025 bajo el régimen previo, mientras que quienes quedaron fuera deberán optar por la vía judicial.







