La Corte Suprema revocó el fallo que anulaba la derogación de la Ley de Tierras - Diario Ciudadano

POLITICA

30/09/2026

La Corte Suprema revocó el fallo que anulaba la derogación de la Ley de Tierras

Por Jose Manuel Ferrero




En un nuevo pronunciamiento institucional, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó este miércoles el fallo que había declarado la inconstitucionalidad del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23, el cual dispuso la derogación de la Ley de Tierras Rurales. El tribunal sostuvo que la entidad que promovió la demanda carecía de legitimación para hacerlo.

La sentencia, firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, subrayó que "frente a la clara ausencia de un derecho de incidencia colectiva sobre un bien colectivo, no es posible tener por configurado un caso o controversia" . Asimismo, el máximo tribunal advirtió sobre la actuación de tribunales inferiores que reconocen legitimaciones alejadas de los requisitos constitucionales exigidos para habilitar una causa judicial.

Claves del fallo de la Corte
• Falta de legitimación: El tribunal determinó que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) no podía accionar en defensa de la soberanía territorial bajo la figura de un derecho de incidencia colectiva amparado por el artículo 43 de la Constitución Nacional.
• La soberanía territorial: La Corte explicó que la soberanía es "uno de los elementos constitutivos del Estado" y, por lo tanto, no puede considerarse un bien colectivo en el sentido que regula la acción colectiva.
• Alcance limitado: El tribunal aclaró expresamente que la decisión se limita a rechazar la demanda por falta de requisitos procesales, por lo que no emitió juicio sobre la validez constitucional del artículo 154 del DNU 70/2023 ni interfiere con las atribuciones del Poder Legislativo.
• Advertencia a la Justicia inferior: Los jueces criticaron que, pese a la jurisprudencia reiterada, existan tribunales nacionales que insisten en habilitar causas con legitimaciones notoriamente apartadas de la normativa vigente.

El recorrido judicial de la causa
El litigio se originó a partir de una acción de amparo presentada por el CECIM contra el Poder Ejecutivo Nacional tras la derogación —en diciembre de 2023— de la Ley 26.737 de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales.
• Enero de 2024: El juez federal de La Plata Ernesto Krepak dictó una medida cautelar para reponer la vigencia de la ley durante la feria judicial. Posteriormente, el juez Alberto Recondo dejó sin efecto dicha cautelar y rechazó la demanda por considerar que la agrupación no tenía legitimación.
• Instancia de Cámara: La Sala III de la Cámara Federal de La Plata revirtió esa decisión, admitió el reclamo, declaró la inconstitucionalidad del punto del DNU y ordenó inscribir la causa como colectiva. Dicha resolución fue apelada por el Estado Nacional, derivando en el actual fallo de la Corte Suprema que cierra la vía por ausencia de un caso justiciable.









Videos